La Audiencia Nacional anula la primera sentencia que condenó a Villarejo a 19 años de cárcel y ordena que se analice si cometió cohecho
La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha acordado la nulidad de la primera sentencia del caso Tándem, que condenó a 19 años de cárcel al comisario José Manuel Villarejo, y ha ordenado a la sección Cuarta de la Sala Penal que dicte una nueva con el mismo tribunal en la que valore la totalidad de la prueba practicada en el juicio oral y se pronuncie sobre todos los delitos objeto de acusación, especialmente sobre el de cohecho.
La Sala de Apelación estima, de esta forma, el recurso de la Fiscalía Anticorrupción por la absolución del delito de cohecho y sobre el que no puede pronunciarse al haber acordado la nulidad de la sentencia para que en el nuevo fallo se valore la totalidad de la prueba practicada en el juicio oral. Una vez examinada toda la prueba, los magistrados, con libertad de criterio deberán exponer suficientemente sus argumentos y establecer si se dan los elementos de los tipos por los que se solicita la condena o no concurren los mismos, pronunciamientos que, en su caso, pudieran afectar al relato de hechos probados.
La Sección Cuarta justificó la absolución por el delito de cohecho en que los actos realizados por Villarejo no lo fueron en el ejercicio de su cargo ni guardaban relación con sus actividades públicas ya que quienes le contrataron, aunque conocían su condición de policía, lo hicieron por su entramado empresarial y sus contactos con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y la administración de justicia, lo que le permitía conseguir grandes dosis de eficacia. Esta sentencia contó con el voto particular de una magistrada que entendió que sí se debería condenar por el delito de cohecho.
Otros recursos
En su sentencia, los magistrados de la Sala de Apelación han estimado, además del recurso de Anticorrupción, los presentados por las acusaciones y los acusados que fueron juzgados en las piezas Iron (pieza 2) Land (pieza 3) y Pintor (pieza 6).
En la sentencia ahora anulada, de julio del año pasado, la Sección Cuarta condenó a Villarejo a 19 años de cárcel por delitos de revelación de secretos de empresas y de particulares, al tiempo que le absolvió de cohecho y de extorsión en grado de conspiración. Además del comisario fueron juzgadas otras 26 personas, entre ellas su socio Rafael Redondo, quien resultó condenado a trece años de prisión. Otras nueve personas fueron condenadas a penas de entre tres meses y dos años, mientras que otras 16 fueron absueltas, entre ellas la esposa, el hijo de Villarejo y varios policías.
Tras examinar todos los recursos presentados, la Sala de Apelación considera que la sala de instancia no se pronunció sobre cuestiones planteadas por las partes, por lo que le ordena que valore todas ellas.
En concreto, deberá llevar a cabo una valoración de pruebas practicadas en el juicio y sobre las que no existe motivación alguna y pronunciarse respecto de los delitos de conspiración para la extorsión en alguna de las piezas, la obstrucción a la Justicia, la falta de motivación de las indemnizaciones fijadas en concepto de responsabilidad civil, la cuota diaria de multa y las contradicciones en el pronunciamiento relativo a la participación de Mario Carpintero López en el delito continuado de falsedad en documento mercantil y en el relativo a las costas de las acusaciones particulares y popular, así como sobre la absolución de las personas jurídicas Herrero y asociados y Procisa.