¡Revisa tu nómina! La Seguridad Social se equivoca en las bases mínimas de cotización de miles de trabajadores

El Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y Economía Social, aprobó la subida del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) a los 1.184 euros al mes en catorce pagas. Pero junto a ello, el Real Decreto-ley 1/2025 estableció que para el presente año también subirían las bases mínimas de cotización en el mismo porcentaje que el SMI más un sexto adicional.
Hasta aquí todo bien. De esta forma la base mínima de cotización se quedaría en, exactamente, 1.381,33 euros. No obstante, la Seguridad Social cometió un error a la hora de hacer el cálculo de este valor y la base mínima de cotización se quedó fijada en 1.381,20 euros.
Si bien no es una diferencia muy grande (tan sólo de trece céntimos), esto es algo que afecta a millones de trabajadores en España y a otros conceptos que requieren de utilizar este índice. Ahora toca solucionar este fallo y la Seguridad Social ya emitió un Boletín RED (5/2025) donde esta regularizará de oficio las liquidaciones afectadas por la Orden PJC/178/2025.
En la orden se señala que la corrección se hará automática en un proceso que será de oficio, y que las empresas o trabajadores autónomos no tendrán que presentar ningún tipo de liquidación complementaria para corregir las posibles diferencias en la mencionada base. Por otro lado, la Seguridad Social aclara que las liquidaciones revisadas podrán ingresarse sin recargo.